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19 enero, 2025
La Sábana

LARGA LISTA DE 17 ASOCIONES CON INTENCIÓN DE CONVERTIRSE EN PARTIDO POLÍTICO LOCAL

El número de asambleas y afiliaciones se realizarán hasta que el IEM analice que se cumplen con todos los requisitos establecidos en la norma

Morelia, Michoacán a  07 de febrero de 2022.-  El Instituto Electoral de Michoacán (IEM) recibió 17 solicitudes de Asociaciones Civiles que tienen la intención de convertirse en Partido Político con registro estatal.

La Coordinación de Participaciones a Partidos Políticos del IEM es la encargada de revisar la documentación presentada con la solicitud de intensión por las Asociaciones Civiles el pasado 31 de enero antes de las 23:59 horas

Las 17 solicitudes presentadas por las asociaciones serán revisadas por la Coordinación de Prerrogativas a Partidos Políticos del IEM y, en los siguientes días, comenzará a notificar a aquéllas que ya pueden continuar con este proceso.

Las organizaciones que notificaron su intención son las siguientes:

1 *Solicitud de Intención Persona Física
2 *Solicitud de Intención Persona Física
3 Alianza por la Transformación de Michoacán A.C.
4 Unión Popular Venceremos A.C.
5 Movimiento Laborista Michoacán A.C.
6 Michoacán al Frente A.C.
7 Unidad, Valores y Lucha por Michoacán
8 Organización Colosista de Michoacán A.C.
9 Vía Democrática para Michoacán A.C.
10 Acción Política para la Igualdad
11 Convicción Social México
12 Lic. Melchor Ocampo Asociación Michoacana de Acciones Ciudadanas
13 Tiempo X México
14 Orgullo Nicolaíta
15 Operadores Políticos Progresistas A.C.
16 En Defensa del Pueblo Michoacano A.C.
17 Transformación Michoacán

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Las organizaciones de ciudadanas y ciudadanos que han manifestado su intención deberán cumplir con los requisitos que marca la ley, como la celebración de asambleas Distritales (mínimo en 16 sectores distritales de la entidad) o Municipales (en al menos 75 Municipios que integran el Estado), donde el número de militantes por distrito o Municipio no podrá ser menor al 0.26% del Padrón Electoral registrado en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

La totalidad de las asambleas deberán ser informadas ante la Coordinación de Prerrogativas a Partidos Políticos del IEM 10 días antes de celebrar la primera de ellas.

Asimismo, el IEM pondrá a disposición de las organizaciones una APP creada por el Instituto Nacional Electoral (INE), la cual deberán utilizar para recabar los datos de la ciudadanía que pretenda afiliarse al partido político en proceso de constitución, misma que será compatible con dispositivos móviles.

El IEM deberá garantizar la validez y autenticidad de cada afiliación que recabe la organización en la celebración de asambleas mediante el Sistema de Registro de Partidos Políticos, así como asegurarse de que no participen entes prohibidos como sindicatos a lo largo del proceso de celebración de asambleas.

Para garantizar la transparencia de este proceso hacia la ciudadanía el IEM publicará en su página de internet (www.iem.org.mx), la información relativa al avance en la revisión de la documentación, así como informes de manera periódica de las organizaciones que continúen con el desarrollo  de su constitución como Partido Político Local